| Inicio del curso | Finalización | |
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| 21 de Mayo de 2026 | 9 de Julio de 2026 | Inscríbete ahora |
| 11 de Junio de 2026 | 23 de Julio de 2026 | Inscríbete ahora |
| 9 de Julio de 2026 | 17 de Septiembre de 2026 | Inscríbete ahora |
Duración: 60 horas
Precio: 450 € + 21% IVA
Diploma
Metodología 100% E-learning
Aula virtual
Soporte docente personalizado
Flexibilidad de horarios
Pruebas de Autoevaluación
FundaE - Formación bonificable
FAQ: Preguntas y respuestas frecuentes
Certificado Responsabilidad Social Corporativa
Curso avalado por Business Manager School – marca registrada de prestigio en formación
900 670 400
Formas de pago seguras Ecommerce Europe Trustmark:
Transferencia bancaria
Visa
PayPal
Stripe
Trusted Shops: Valoración global de Iniciativas Empresariales
El contenido y las herramientas pedagógicas del curso
Fiscalidad de Operaciones Financieras , han sido elaboradas por un equipo de especialistas dirigidos por:
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas. Licenciado en Derecho. Máster en Tributación Empresarial y Fiscalidad Internacional con amplia experiencia en el asesoramiento en planificación patrimonial, sucesoria y fiscalidad internacional de grandes patrimonios y clientes de banca privada. Acreditación €FP y TEP.
Este curso es bonificable a través de FUNDAE. Esto permite que las empresas puedan recuperar parte del coste de la formación a través de los seguros sociales, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente. Nuestro equipo puede ayudarle en todo el proceso encargándose de:
En España, la mayoría tributan en la base del ahorro: intereses (depósitos/bonos), dividendos y ganancias o pérdidas por vender acciones, fondos, ETFs o derivados. Se calcula el resultado neto (compensando ganancias y pérdidas) y se aplica una tarifa progresiva por tramos.
Se paga según los tramos de la base del ahorro y tu resultado neto anual (intereses + dividendos + plusvalías ? minusvalías compensables). Cuanto mayor sea el importe, mayor será el tipo aplicable; además, las retenciones que te hayan practicado se descuentan al hacer la Renta.
Se declaran como ganancias y pérdidas patrimoniales (normalmente en la base del ahorro), indicando cada operación o el resumen fiscal del bróker y su resultado. Se pueden compensar pérdidas con ganancias y, si sobra pérdida, suele poder arrastrarse a ejercicios siguientes dentro de límites.
Depende del producto: depósitos/bonos (intereses), acciones (dividendos y plusvalías), fondos/ETFs (plusvalías al reembolso/venta), planes de pensiones (suelen ir a base general al rescatar) y seguros/ahorro (rendimientos según el tipo). La clave es identificar si es rendimiento (interés/dividendo) o ganancia patrimonial (venta/reembolso).
Años
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